Legal06.2026

Cerrar una empresa en México: disolución, SAT e IMSS

Cerrar una empresa en México: disolución, SAT e IMSS

Lo esencial

  • "Dejar morir" una empresa sin cerrarla no la extingue: el RFC sigue generando obligaciones, multas y responsabilidad para socios y administradores.
  • La ruta legal tiene dos fases: disolución (acuerdo de asamblea) y liquidación (un liquidador cobra, paga y reparte el remanente).
  • Además del acta, hay que ejecutar las bajas fiscales ante el SAT y la baja patronal ante IMSS e Infonavit.
  • Si tu sociedad está inactiva, la LGSM ofrece un procedimiento simplificado y gratuito (artículo 249 Bis) totalmente en línea.
  • Antes de cerrar hay que terminar en regla con los trabajadores: finiquitos o liquidaciones documentados.

Por qué no basta con dejar de facturar

Es el error más caro del cierre informal: la empresa deja de operar, nadie presenta declaraciones y años después llegan requerimientos del SAT con multas acumuladas, o el IMSS sigue emitiendo cédulas porque el registro patronal quedó abierto. Una sociedad existe hasta que se extingue legalmente; mientras tanto, sus obligaciones siguen corriendo y pueden alcanzar el patrimonio de administradores y socios en ciertos supuestos.

La ruta tradicional: disolución y liquidación

  1. Asamblea de disolución. Los socios acuerdan disolver la sociedad conforme a la LGSM y sus estatutos, y el acta se protocoliza e inscribe en el Registro Público de Comercio.
  2. Nombramiento del liquidador. Es quien administra la sociedad "en liquidación": cobra lo pendiente, vende activos, paga deudas y, al final, reparte el remanente entre los socios.
  3. Personal. La terminación de las relaciones de trabajo debe pagarse y documentarse correctamente — aquí aplica todo lo de nuestra guía de liquidación de empleados.
  4. Balance final y cancelación. Aprobado el balance final de liquidación, se protocoliza la extinción y se cancela la inscripción de la sociedad.

Las bajas ante el SAT

El cierre fiscal corre en paralelo: aviso de inicio de liquidación, declaraciones del ejercicio de liquidación y, al concluir, el aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo. El SAT revisa que no existan créditos fiscales pendientes ni facturación irregular antes de cancelar. Para todos estos trámites necesitarás la e.firma vigente de la persona moral — si está vencida, primero resuelve eso con nuestra guía para tramitar la e.firma del SAT de tu empresa.

Las bajas ante IMSS e Infonavit

Presenta la baja de los trabajadores, y después la baja del registro patronal ante el IMSS. Si el registro queda abierto, el Instituto seguirá emitiendo cédulas de cuotas aunque no tengas un solo empleado — y esas diferencias se cobran con actualizaciones y recargos.

El atajo: liquidación simplificada de la LGSM

Desde 2018, el artículo 249 Bis de la LGSM permite un cierre gratuito, en línea y sin notario para sociedades que, entre otros requisitos: estén integradas solo por personas físicas; no hayan realizado operaciones ni emitido facturas durante los últimos dos años; estén al corriente de sus obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social; y publiquen su estructura accionaria en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía (PSM) al menos 15 días hábiles antes de la asamblea de disolución. El procedimiento se firma con e.firma y la propia autoridad conecta el resultado con el SAT. Es la vía ideal para la sociedad "cascarón" que quedó de un proyecto que no despegó — por ejemplo, aquella SAS o S de RL que constituiste y nunca operó.

Cierra ordenado, no de golpe

Un cierre bien llevado protege tu historial fiscal y tu nombre para el siguiente proyecto. En ARKA diagnosticamos qué vía te corresponde — tradicional o simplificada — y ejecutamos asamblea, bajas y cancelaciones de principio a fin. Agenda tu diagnóstico.

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